Se informan las modificaciones en el funcionamiento del Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro a partir del 1° de Octubre del presente año.
1. Gratuidad: De acuerdo con lo dispuesto por la citada Ley, para todas las publicaciones realizadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro.
2. Implementación de la Mesa Única de Recepción de Documentación, a través de la siguiente casilla de correo electrónico:
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Conforme Ley N° 5261, la edición y publicación electrónica del Boletín Oficial con firma digital, reviste carácter de oficial, obligatoria y autentica, produciendo plenos efectos jurídicos.
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